martes, 10 de abril de 2018

ORGANIZACIÓN DE LAS PROPIEDADES EN LA EDAD MEDIA. BY TOLETUM


 El término feudalismo viene de la palabra feudo, que era el nombre que se le daba a los territorios que los reyes medievales entregaban a los nobles a cambio de sus servicios.
 Feudalismo es la denominación historiográfica del sistema político predominante en la Europa occidental de los siglos centrales de La Edad Media, caracterizada por la descentralización del poder político
 El feudalismo respondió a la inseguridad e inestabilidad de la época de las invasiones que se fueron sucediendo durante siglos (pueblos germánicos, eslavos, magiares, musulmanes, vikingos). Ante la incapacidad de las instituciones estatales, muy lejanas, la única seguridad provenía de las autoridades locales, nobles laicos o eclesiásticos, que controlaban castillos o monasterios fortificados en entornos rurales, convertidos en los nuevos centros de poder ante la decadencia de las ciudades.
 Desde el punto de vista institucionalista, el feudalismo fue el conjunto de instituciones creadas en torno a una relación muy específica: la que se establecía entre un hombre libre (el vasallo), que recibía la concesión de un bien (el feudo) por parte de otro hombre libre (el señor), ante el que se encomendaba en una ceremonia codificada (el homenaje) que representaba el establecimiento de un contrato de obligaciones recíprocas.
En el feudo, entendido como unidad de producción, se establecían relaciones de muy distinta naturaleza, entre el señor y los siervos; por la que el señor extraía el excedente productivo al campesino.


LA ORGANIZACIÓN DEL FEUDO


El señor acogía a los campesinos en su feudo, que se organizaba en una reserva señorial que los siervos debían trabajar obligatoriamente, sernas o corveas y en el conjunto de los pequeños terrenos para explotaciones familiares o mansos feudales que se atribuían en el feudo a los campesinos para que pudieran subsistir. Obligación del señor era protegerles si eran atacados, y mantener el orden y la justicia en el feudo.
La distinción entre propiedad y jurisdicción no era en el feudalismo algo claro, pues de hecho el mismo concepto de propiedad era confuso, y la jurisdicción, otorgada por el rey como merced, ponía al señor en disposición de obtener sus rentas  No existieron señoríos jurisdiccionales en los que la totalidad de las parcelas pertenecieran como propiedad al señor, siendo muy generalizadas distintas formas de legados en los campesinos.